¿Qué es el Certificado Digital?

El Certificado Digital es el único medio que permite garantizar técnica y legalmente la identidad de una persona en Internet. Se trata de un requisito indispensable para que las instituciones puedan ofrecer servicios seguros a través de Internet. Además:

El certificado digital permite la firma electrónica de documentos El receptor de un documento firmado puede tener la seguridad de que éste es el original y no ha sido manipulado y el autor de la firma electrónica no podrá negar la autoría de esta firma.

Certificado Digital Gratuito

La SUNAT precisó que asumirá el costo de la emisión del certificado digital para empresas con ingresos netos anuales en el año 2019 menores o iguales a S/ 1 260 000.

La norma regula el procedimiento de la obtención del Certificado Digital Tributario entra en vigencia el 12 de febrero del 2020.

Con la finalidad de mejorar el cumplimiento tributario, la SUNAT se encuentra autorizada hasta el 31 de diciembre del 2021, a facilitar la obtención del Certificado Digital Tributario en la emisión de comprobantes de pago electrónico.

Para mas información https://cpe.sunat.gob.pe/certificado-digital-tributario 

Requisitos para obtener el Certificado Digital Tributario Gratuito

Para acceder a este beneficio, los contribuyentes deben de cumplir con los siguientes requisitos a la fecha de presentación de la solicitud de emisión del Certificado Digital Tributario:

  • En caso sea una persona natural, tener plena capacidad de ejercicio de sus derechos civiles, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 del Código Civil.
  • En caso sea una persona jurídica, existir y encontrarse vigente.
  • No tener, para efecto del RUC, el estado de suspensión temporal de actividades o baja de inscripción o haber presentado una solicitud de baja de inscripción en el RUC que esté en trámite.
  • No tener en el RUC la condición de domicilio fiscal no habido.
  • Estar afecto en el RUC al impuesto a la renta de tercera categoría.
  • No encontrarse inscrito en el Registro OSE ni en el Registro PSE.
  • Haber tenido ingresos netos anuales en el año 2019 iguales o menores a S/ 1 260 000. Asimismo, se entiende que los sujetos que inician operaciones en el año 2020 tienen ingresos netos anuales iguales o menores a S/ 1 260 000.
  • No poseer un Certificado Digital Tributario vigente emitido. 
  • No haber obtenido más de dos Certificados Digitales Tributarios en virtud de la norma.
  • Aceptar los términos y condiciones de uso del Certificado Digital Tributario incluidos en el contrato. En el contrato mencionado se especifica, las causales de cancelación del CDT, las obligaciones que debe cumplir el titular del CDT, entre otros

 

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